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El Gobierno eleva la transparencia sobre precios en las compras por Internet

El Gobierno ha aprobado este viernes un anteproyecto de ley para aumentar las garantías de los consumidores en las transacciones a distancia que se realizan a través de internet o teléfono. Entre las principales novedades de la normativa, que afecta a la contratación de los servicios más usuales como telefonía, luz, agua o gas, se impone la obligación de que el usuario dé su consentimiento por escrito al contrato. Con ello, el Ejecutivo quiere evitar sorpresas desagradables para el cliente a la hora de pagar la factura.

Según ha explicado la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, el empresario tendrá que velar "especialmente" para que el consumidor sea "consciente de todo lo que tiene que pagar, que el precio final sea bien conocido antes de darle a la tecla que pone fin a la transacción". "No se pueden endosar sin más servicios de ventea o establecimiento de garantías que tenga que constituir el consumidor", ha añadido.

Se trata de evitar así la práctica cada vez más extendida, sobre todo en la compra por Internet, de realizar cargos sin que el usuario sea consciente de que está contratando un servicio.También se invalida cualquier pago adicional que se realice por opciones por defecto que el consumidor debe desactivar (y que tanto se utilizan en las web de empresas de viajes y seguros).

Al final, el Gobierno ha suavizado su postura inicial sobre el modo en el que el cliente debía dar su conformidad con el contrato. Así, mientras en el borrador distribuido entre los sectores afectados y revelado por EL PAÍS se afirmaba que el consumidor "solo" quedaría vinculado "una vez que haya firmado la oferta o enviado su acuerdo por escrito” en papel, Santamaría ha matizado que para ello bastará con remitir su visto bueno por fax, correo electrónico o SMS.

Asimismo, la nueva ley amplía el plazo legal para que el consumidor pueda desistir del contrato de 7 a un mínimo de 14 días naturales. En caso de no haber recibido la información precisa, se amplía hasta 12 meses. Se aumenta la información que, por ley, habrá que facilitar a los consumidores, y se les dota de nuevos derechos en cuanto a los plazos de entrega y riesgo de pérdida o deterioro del bien adquirido. Junto a ello, se han modificado las cláusulas abusivas para que en los contratos haya un equilibrio "y no se beneficie siempre a la parte más fuerte", según ha apostillado Sáez de Santamaría.

La nueva normativa viene a trasponer la directiva comunitaria sobre los derechos de los consumidores que establece un nuevo marco legal para los contratos telefónicos y los celebrados fuera del establecimiento mercantil (en calle, en un centro comercial, en la visita a un domicilio).

La exigencia de un documento escrito amenazaba con entorpecer la celebración de los millones de contratos que se realizan con conversaciones grabadas actualmente. Esta condición haría imposible, por ejemplo, la posibilidad de cambiarse de compañía telefónica (móvil, fijo o Internet) en los plazos actualmente fijados (un día laborable en el móvil) mediante el procedimiento de la portabilidad que permite conservar el número, y que usan más de 10 millones de usuarios al año. Por este motivo, algunas compañías de telecomunicaciones habían presionado a través del Ministerio de Industria al Ejecutivo para cambiar la normativa.

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