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Qué hacer si eres uno de los afectados por las cancelaciones de los vuelos con Boeing 737
Qué hacer si eres uno de los afectados por las cancelaciones de los vuelos con Boeing 737

A pesar de ser causa de fuerza mayor, OCU recuerda que los afectados tienen derecho a la devolución del importe del billete o al traslado en otro transporte alternativo

Tras el accidente aéreo ocurrido el domingo en Etiopía y por otros similares ocurridos anteriormente con los mismos modelos, la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA) han decidido cerrar el espacio aéreo a todos los vuelos operados con aviones Boeing 737 MAX 8 y 9. Una decisión a la que se han sumado países de todo el mundo.

Teniendo en cuenta que muchas compañías aéreas tienen entre sus flotas algunos de estos modelos y que muchos españoles se pueden ver afectados, OCU recuerda que, al tratarse de una circunstancia extraordinaria, no existe derecho a compensación por parte de la compañía.

Sin embargo, a pesar de tratarse de una causa de fuerza mayor, todos los pasajeros que hayan sufrido una cancelación de su vuelo por este motivo tienen derecho a la devolución del importe del billete o al traslado a su destino en otro transporte alternativo, lo más rápido posible.

Además, según el reglamento, la devolución del billete deberá realizarse en el plazo de siete días y tendrá que contemplar la parte del viaje que ya se hubiera realizado y las que quedaran por realizar.

En caso de que este derecho no se cumpla, los consumidores afectados deben reclamar a la compañía aérea correspondiente y, si esta no responde favorablemente en el plazo de un mes, deben dirigirse a la AESA para notificarlo.

Para ello, OCU recomienda conservar todos los documentos disponibles, como el billete o el talón de equipaje, que deberán acompañar a la reclamación.

Los usuarios afectados pueden ponerse en contacto con OCU en el siguiente enlace www.ocu.org/acciones-colectivas/reclamacion-vuelos o a través del número de teléfono 900 816 928

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